RRSIF y facturación

VeriFactu 2027: qué cambia y cómo prepararte

CRM VeriFactu está orientado a empresas y profesionales que quieren integrar la adaptación de su facturación dentro de una herramienta completa de gestión.

Nuevos plazos de adaptación

El Real Decreto-ley 15/2025 amplió las fechas de adaptación de los sistemas informáticos de facturación.

01/01/2027

Entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

01/07/2027

Resto de obligados tributarios incluidos en el ámbito correspondiente.

Qué busca el RRSIF

  • Integridad e inalterabilidad de los registros.
  • Trazabilidad y encadenamiento de registros.
  • Conservación y accesibilidad de la información.
  • Formato y contenido estandarizados.
  • Representación QR en las facturas afectadas.

VERI*FACTU no significa “un único programa obligatorio”

El reglamento contempla dos modalidades de SIF: VERI*FACTU, con remisión de registros a la AEAT, y sistemas no verificables, con requisitos técnicos adicionales de conservación y control. Además, existen exclusiones y particularidades.

VERI*FACTU

Remisión de registros

Los sistemas de emisión de facturas verificables remiten los registros de facturación a la AEAT según el funcionamiento previsto por la normativa.

NO VERI*FACTU

Conservación reforzada

Los sistemas no verificables deben cumplir los requisitos aplicables de integridad, trazabilidad, firma y registro de eventos establecidos por la normativa.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor la obligación de adaptar los SIF?

Con carácter general, el 1 de enero de 2027 para entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados del artículo 3.1, cuando el reglamento resulte aplicable.

¿VERI*FACTU es la única modalidad posible?

No. El RRSIF contempla sistemas VERI*FACTU y sistemas de emisión de facturas no verificables, además de los supuestos que quedan fuera de su ámbito de aplicación.

¿Las facturas deben llevar QR?

Cuando se utilice un SIF afectado por el reglamento, las facturas emitidas deben incorporar la representación gráfica prevista, incluido el código QR tributario en los términos de la normativa.